Ponemos a disposición de todos los empleados, directivos e integrantes del órgano de supervisión de la entidad, trabajadores para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas, proveedores, colaboradores o patrocinadores, funcionarios, exempleados, becarios, trabajadores en periodo de formación y participantes en procesos de selección o negociación precontractual, todos los medios necesarios para que, si detectan cualquier acción u omisión que puedan constituir (i) infracciones del Derecho de la Unión Europea, (ii) infracciones penales o administrativas graves o muy graves, (iii) infracciones en materia de seguridad y salud en el trabajo o (iv) incumplimientos de la normativa interna de Asociación, puedan comunicarlo, siempre que hayan conocido la información sobre la infracción en un contexto laboral o profesional.
Se podrán enviar comunicaciones a través de la plataforma habilitada para ello en el siguiente LINK. A su vez, si se desea, por este mismo medio se podrá solicitar una reunión presencial en las oficinas de la Asociación con el Responsable del Sistema Interno de Información de la Asociación para presentar la comunicación.
Con la finalidad de poder analizar los hechos denunciados es necesario que el denunciante facilite el mayor número de datos posible:
- Identificación y datos de contacto de la persona denunciante, salvo en el supuesto de denuncias anónimas.
- Descripción detallada de los hechos comunicados, atendiendo siempre a criterios de veracidad, objetividad e integridad.
- Personas involucradas en los hechos comunicados.
- Cuando han sucedido los hechos comunicados, indicando si se trata de una fecha concreta o un periodo de tiempo.
- Cómo se ha tenido conocimiento de los hechos comunicados.
- Dónde se han producido los hechos comunicados.
- Si se han puesto en conocimiento de algún miembro de la Asociación los hechos comunicados con carácter previo.
- Si se tiene conocimiento de que otros miembros de CEAPI tengan conocimiento de los hechos comunicados.
- Si se tienen evidencias de los hechos comunicados.
Si el denunciante opta por presentar una denuncia anónima, debe tener en cuenta que deberá omitir cualquier información que pudiera revelar su identidad tanto en la descripción de los hechos como en la documentación accesoria que aporte junto con la comunicación.
En todos los casos, se garantiza la confidencialidad de toda la información, así como de la identidad del denunciante si no se tratase de una comunicación anónima. A su vez, CEAPI vela por que no se produzca ningún tipo de represalia sobre aquellas personas que hayan planteado denuncias de buena fe. La Asociación cuenta con una Política de Privacidad que regula el tratamiento de datos personales que se recogen y tratan con ocasión del uso del Canal de Denuncias y a la que se puede acceder a través del siguiente LINK.
El Responsable del Sistema Interno de Información de la Asociación es el encargado de la recepción y gestión de las comunicaciones recibidas a través del Canal de Denuncias. Tras el análisis de la comunicación, si se aprecian indicios de conductas inapropiadas que se encuentre dentro de las categorías de posibles infracciones citadas anteriormente, se dará inicio a la fase de investigación, en caso contrario, la comunicación será archivada.
En cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, los datos que se solicitan al denunciante durante el proceso de presentación de las comunicaciones, no se recaban a efectos de identificación del informante, sino a los solos efectos de obtener la información oportuna que permita gestionar y tramitar la denuncia.

